Pejotización: ¿Cómo deben prepararse las empresas tras la suspensión nacional ordenada por el STF?
- Eduardo Caetano de Carvalho

- 29 abr
- 1 Min. de lectura
El 14 de abril de 2025, el Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil, en la sentencia ARE 1.532.603 (Tema 1389), ordenó la suspensión nacional de todos los procesos que traten sobre:
Supuesta fraude en contratos civiles/comerciales de prestación de servicios,
Legalidad de contratar trabajadores autónomos o empresas (PJs),
Competencia de la Justicia Laboral en estos casos,
Y la carga de la prueba en alegaciones de fraude.
Esta decisión destaca la necesidad de planificación jurídica estratégica para las empresas que contratan prestadores de servicios.
Lo que deben saber las empresas
El STF reafirmó la validez de contratar PJs, respetando la libertad de organización productiva (ADPF 324). Sin embargo, la constante desobediencia de los tribunales laborales ha generado inseguridad jurídica y aumento de litigios.
Por ello, incluso errores formales o de gestión pueden llevar a la empresa a riesgos de reconocimiento de vínculo laboral.
Cómo proteger su empresa
1. Elaborar contratos de servicios claros y autónomos
Dejar explícita la autonomía del prestador.
Evitar cláusulas que indiquen subordinación o control.
Enfocarse en entregables y plazos, no en horarios o métodos de trabajo.
2. Mantener la independencia en la práctica
No controlar horarios ni presencia física.
Permitir que el prestador trabaje para otros clientes.
No otorgar beneficios típicos de empleados.
3. Realizar planificación jurídica continua
Revisar periódicamente todos los contratos de servicios.
Capacitar a los gestores de contratos internos.
Actuar junto a despachos especializados en derecho laboral para prevenir riesgos.
Conclusión
La decisión del STF no prohíbe contratar PJs, pero exige más atención. Con contratos bien redactados y asesoría jurídica continua, su empresa podrá seguir utilizando este modelo de contratación con seguridad.





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