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Las personas físicas deberán pagar nuevos impuestos al alquilar o vender inmuebles?

  • Foto del escritor: João Paulo Goulart Clementino
    João Paulo Goulart Clementino
  • 16 jul 2025
  • 1 Min. de lectura

¡Atención propietarios de inmuebles! La nueva reforma tributaria en Brasil obliga a algunas personas físicas a pagar IBS y CBS al alquilar o vender propiedades. Estos impuestos se aplican según el volumen y frecuencia de las operaciones.



¿Cuándo debes pagar IBS/CBS?


Serás considerado contribuyente regular si:


1. Alquiler de inmuebles:


·       Recibiste más de R$ 240.000,00 en alquileres el año anterior y

·       Alquilaste más de 3 inmuebles.


2. Venta de inmuebles:


·       Vendiste más de 3 propiedades el año anterior y

·       Las propiedades fueron adquiridas hace menos de 5 años.


3. Inmuebles construidos por ti:


·       Vendiste más de 1 inmueble construido por ti en los últimos 5 años.


4. Año actual:


·       Ingresos por alquiler superiores a R$ 288.000,00 este año.

·       Venta de más de 3 inmuebles, sin importar el tiempo de posesión.



¿Y el alquiler por temporada?


Si alquilas por menos de 90 días, puedes ser clasificado como prestador de servicios de hospedaje, con obligación de tributar aunque sea un único inmueble.



¿Qué hacer ahora?


✔️ Mantén organizada tu contabilidad.

✔️ Evalúa crear una holding patrimonial.

✔️ Consulta con un abogado para planificar tus operaciones.

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© 2024 por Soares, Goulart & Caetano Abogados

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