El Deudor Contumaz y los Nuevos Desafíos de la Gestión Tributaria Empresarial
- João Paulo Goulart Clementino

- hace 2 días
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Morosidad tributaria y seguridad jurídica en el entorno empresarial
La morosidad tributaria siempre ha estado presente en la realidad cotidiana de las empresas brasileñas, ya sea como reflejo de crisis económicas o como resultado de dificultades puntuales de liquidez. En los últimos años, sin embargo, el Estado ha adoptado una postura más activa en la lucha contra el uso estratégico del impago de tributos como modelo de negocio. En este contexto, la reciente promulgación de la Ley Complementaria nº 225/2026, que instituyó el Código de Defensa del Contribuyente, colocó en el centro del debate empresarial la figura del denominado deudor contumaz.
La nueva legislación busca diferenciar al contribuyente que enfrenta dificultades reales de aquel que, de forma reiterada y estructurada, se vale de la morosidad fiscal para obtener una ventaja competitiva. Aunque el objetivo es legítimo, la aplicación práctica de este concepto impone riesgos relevantes a la gestión empresarial, exigiendo una atención reforzada por parte de empresarios y directivos en relación con sus estrategias fiscales, financieras y jurídicas.
El concepto de deudor contumaz y sus implicaciones prácticas
La Ley Complementaria nº 225/2026 define como deudor contumaz al contribuyente cuya conducta fiscal se caracteriza por la morosidad sustancial, reiterada e injustificada en el pago de tributos, evidenciando una actuación orientada al no cumplimiento como estrategia permanente, y no como consecuencia de dificultades económicas transitorias. Se trata de un cambio relevante en el tratamiento jurídico de la morosidad tributaria, que deja de analizarse únicamente desde una perspectiva cuantitativa y pasa a considerar el comportamiento del contribuyente a lo largo del tiempo.
En la práctica, esta definición amplía de manera significativa los riesgos regulatorios para las empresas que acumulan elevados pasivos fiscales, incluso cuando parte de dichas deudas se encuentra en discusión en la vía administrativa o judicial. La inclusión de créditos con exigibilidad suspendida en el cálculo de la morosidad puede conducir a la clasificación de empresas que ejercen legítimamente su derecho de defensa, aproximando situaciones jurídicamente distintas y generando inseguridad para la planificación tributaria.
Restricciones legales e impactos en la recuperación judicial
Uno de los aspectos más sensibles del nuevo régimen jurídico se refiere a las consecuencias impuestas al deudor contumaz. La legislación pasó a prever restricciones severas, incluyendo la imposibilidad de solicitar la recuperación judicial, la interrupción de procesos de reorganización en curso e incluso la conversión de la recuperación en quiebra, a instancia de la Hacienda Pública.
Este cambio representa una inflexión relevante en el sistema brasileño de insolvencia empresarial. La Ley nº 11.101/2005 fue concebida bajo el principio de la preservación de la empresa económicamente viable, reconociendo el incumplimiento como un riesgo inherente a la actividad empresarial. Al restringir el acceso a la recuperación judicial, el nuevo marco legal señala que la protección del instituto no se extiende a modelos de negocio basados en la morosidad fiscal recurrente.
No obstante, la aplicación automática de estas restricciones puede generar efectos colaterales indeseados. Empresas viables, con capacidad productiva y generación de empleo, pueden verse privadas de instrumentos esenciales para la reorganización financiera, lo que, paradójicamente, compromete la propia recaudación futura del Estado.
Cumplimiento tributario y cambio de paradigma en la relación con la Administración Tributaria
El Código de Defensa del Contribuyente también introduce una lógica más sofisticada en la relación entre la Administración Tributaria y los contribuyentes, inspirada en modelos internacionales de cumplimiento tributario. La propuesta es fomentar comportamientos cooperativos, basados en la transparencia, la gestión de riesgos y el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.
En este escenario, los programas de cumplimiento y los sellos de buen contribuyente adquieren un papel estratégico, no solo como reconocimiento formal, sino como instrumentos capaces de influir en las decisiones empresariales. Para el empresario, el mensaje es claro: la gobernanza tributaria ha dejado de ser un tema meramente operativo y ha pasado a integrar el núcleo de la gestión de riesgos del negocio.
Aunque parte de los incentivos originalmente previstos haya sido reducida, la tendencia es que las empresas con un historial de cumplimiento reciban un trato diferenciado en fiscalizaciones, negociaciones y transacciones tributarias. Por otro lado, las conductas reiteradas de morosidad tienden a interpretarse como un indicio de mala fe, con efectos que trascienden el ámbito tributario.
Riesgos competitivos y responsabilidad de los administradores
Otro aspecto relevante del nuevo régimen jurídico es su impacto en la competencia. El combate al deudor contumaz busca corregir distorsiones del mercado causadas por empresas que reducen artificialmente sus costos al no pagar tributos. Para los directivos y administradores, esto implica que decisiones fiscales agresivas pueden generar no solo pasivos financieros, sino también riesgos reputacionales y cuestionamientos sobre el cumplimiento de los deberes de diligencia y lealtad en la gestión societaria.
La creciente integración entre el derecho tributario, el derecho empresarial y el derecho de la competencia refuerza la necesidad de una actuación preventiva. La ausencia de controles internos adecuados, de políticas claras de cumplimiento tributario y de acompañamiento jurídico especializado puede exponer a la empresa y a sus administradores a consecuencias severas.
La importancia de la asesoría jurídica preventiva
La creación de criterios más rigurosos para la identificación del deudor contumaz representa un avance en la lucha contra la morosidad tributaria abusiva, pero también impone desafíos significativos a las empresas que actúan de buena fe. En un entorno normativo cada vez más complejo y exigente, la gestión tributaria no puede desvincularse de la estrategia empresarial.
En este contexto, la asesoría jurídica preventiva asume un papel central. El análisis continuo del pasivo fiscal, la evaluación de los riesgos de clasificación legal, la estructuración de programas de cumplimiento y la definición de estrategias seguras para la impugnación de deudas son medidas esenciales para preservar la viabilidad del negocio y evitar consecuencias desproporcionadas.





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