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Los desafíos jurídicos del uso de la inteligencia artificial en la creación de obras musicales y contenidos empresariales

  • Foto del escritor: Guilherme Henrique Soares
    Guilherme Henrique Soares
  • hace 4 días
  • 4 Min. de lectura

La inteligencia artificial y el nuevo escenario de riesgos en el entorno empresarial


La rápida evolución de las herramientas de inteligencia artificial capaces de crear músicas, voces, imágenes y textos altamente realistas ha inaugurado un nuevo escenario de oportunidades y riesgos jurídicos para las empresas. El uso de sistemas capaces de reproducir estilos artísticos, voces reconocibles o elementos creativos asociados a personas específicas plantea cuestionamientos relevantes sobre derechos de autor, derechos de la personalidad y competencia desleal. Casos recientes que involucran la reproducción artificial de voces y estilos musicales de artistas mundialmente conocidos evidencian que el debate no es solo tecnológico, sino esencialmente jurídico y estratégico.


Para empresarios, gestores y líderes de innovación, comprender los límites legales del uso de la inteligencia artificial dejó de ser un tema académico y pasó a integrar la gestión de riesgos del negocio. La adopción indiscriminada de estas tecnologías puede generar pasivos jurídicos relevantes, daños reputacionales e impactos financieros significativos, especialmente en sectores creativos, de marketing, entretenimiento, tecnología y comunicación.


Derechos de autor y obras creadas por inteligencia artificial


Uno de los principales puntos de debate jurídico involucra la protección de las obras generadas por inteligencia artificial. La legislación brasileña de derechos de autor parte del supuesto de que la creación intelectual es fruto de la actividad humana. Esto significa que, por regla general, solo las personas físicas pueden ser consideradas autoras de obras protegidas.


Cuando una obra es generada íntegramente por un sistema de inteligencia artificial, sin una intervención creativa humana relevante, surgen dudas sobre su protección jurídica y la titularidad de los derechos. Para las empresas que utilizan estas herramientas en campañas publicitarias, bandas sonoras, contenidos audiovisuales o productos digitales, esta indefinición representa un riesgo concreto, ya que puede comprometer la exclusividad de uso y la explotación económica del material producido.


Además, existe el problema de las bases de datos utilizadas para entrenar los sistemas de inteligencia artificial. En caso de que dichos sistemas hayan sido alimentados con obras protegidas por derechos de autor sin la autorización de los titulares, el uso comercial del contenido generado puede ser cuestionado judicialmente, incluso cuando la obra final no sea una copia literal de creaciones preexistentes.


Uso del estilo artístico y riesgo de violación indirecta de derechos


Otro aspecto sensible se refiere a la reproducción de estilos artísticos identificables. Aunque el estilo, en sí mismo, no esté protegido de forma aislada por el derecho de autor, el uso de elementos que permitan asociar la obra a un artista específico puede caracterizar una violación indirecta de derechos, especialmente cuando existe explotación económica y potencial confusión para el público.


En el entorno empresarial, esto se traduce en riesgos para campañas publicitarias, productos digitales y contenidos de marca que utilizan inteligencia artificial para “emular” voces, composiciones musicales o estéticas visuales fuertemente asociadas a personas conocidas. Incluso sin la reproducción literal de una obra protegida, la asociación indebida puede dar lugar a alegaciones de aprovechamiento parasitario, competencia desleal o violación de los derechos de la personalidad.


Derecho a la voz, imagen e identidad personal


La utilización de la inteligencia artificial para reproducir voces humanas con alto grado de fidelidad ha puesto en evidencia el debate sobre el derecho a la voz como extensión de los derechos de la personalidad. La voz es un atributo único e identificable, cuya explotación económica depende de la autorización expresa de su titular.


Para las empresas, el uso de voces sintéticas que reproduzcan o remitan claramente a la identidad de una persona específica, incluso sin mención directa de su nombre, puede generar responsabilidad civil. Esto se aplica no solo a artistas y figuras públicas, sino también a profesionales cuya imagen o voz posean valor comercial relevante en determinado mercado.


El mismo razonamiento se extiende al uso de imágenes, avatares digitales y representaciones visuales creadas por inteligencia artificial que se aproximen excesivamente a la identidad de individuos reales. La frontera entre la innovación tecnológica y la violación de derechos fundamentales es tenue y exige un análisis jurídico cuidadoso.


Responsabilidad de las empresas y gestión de riesgos


Desde el punto de vista empresarial, la principal cuestión no es únicamente si la tecnología permite determinada creación, sino si su uso es jurídicamente seguro. Las empresas que contratan herramientas de inteligencia artificial, desarrollan soluciones propias o tercerizan la producción de contenidos necesitan evaluar cuidadosamente los términos contractuales, las licencias involucradas y los límites de uso del material generado.


La responsabilidad puede recaer tanto sobre quien desarrolla la tecnología como sobre quien la utiliza comercialmente. En muchos casos, el empresario es el eslabón más visible de la cadena y, por lo tanto, el principal objetivo de eventuales cuestionamientos judiciales. La alegación de desconocimiento técnico difícilmente excluye la responsabilidad cuando existe explotación económica del contenido.


La adopción de políticas internas de cumplimiento digital, la revisión jurídica previa de campañas y productos, así como la definición clara de responsabilidades contractuales, son medidas cada vez más necesarias para mitigar riesgos relacionados con la propiedad intelectual y los derechos de la personalidad.


Panorama regulatorio y tendencias


Aunque aún no existe en Brasil una legislación específica y consolidada sobre derechos de autor aplicados a la inteligencia artificial, el tema se encuentra en constante evolución, tanto en el debate doctrinario como en las propuestas regulatorias. La tendencia internacional apunta a una mayor protección de los titulares de derechos y a la exigencia de transparencia en el uso de datos y en la generación de contenidos por sistemas automatizados.


Las empresas que operan en mercados globales deben estar atentas no solo a la legislación brasileña, sino también a las normas extranjeras y a las buenas prácticas internacionales, especialmente cuando sus productos o servicios alcanzan otros países. La ausencia de una regulación específica no implica ausencia de responsabilidad jurídica.


La importancia de la asesoría jurídica preventiva


La utilización de la inteligencia artificial en la creación de contenidos representa un avance significativo para la innovación empresarial, pero también impone desafíos jurídicos complejos. Derechos de autor, derechos de la personalidad y responsabilidad civil conforman un conjunto de riesgos que no puede ser ignorado por empresarios y gestores.


La asesoría jurídica preventiva desempeña un papel fundamental en el análisis de proyectos que involucran inteligencia artificial, desde la fase de concepción hasta la explotación comercial. Evaluar contratos, licencias, modelos de uso y posibles impactos legales permite a la empresa innovar con seguridad, reduciendo la exposición a litigios y preservando su reputación en el mercado.


En un entorno de rápidas transformaciones tecnológicas, la actuación jurídica estratégica deja de ser un costo y pasa a ser un elemento esencial de sostenibilidad y crecimiento empresarial.

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